Todo está listo para una nueva jornada del Día sin Carro y Moto en Pereira, Dosquebradas, La Virginia y Santa Rosa de Cabal. A partir de mañana a las 7:00 a.m. inicia la restricción que se extenderá hasta las 7:00 p.m.
Con esta jornada que se realiza una vez al año en el área metropolitana de Pereira y el Municipio de las Araucarias, reducir la contaminación del aire y por ruido, disminuir la siniestralidad vial, incentivar el uso de medios alternativos de transporte y el transporte público.
Se estima que alrededor de 300 mil vehículos dejarán de circular por las vías de estas 4 localidades, exceptuando las vías nacionales.
Durante la jornada habrá diferentes actividades para promover la utilización de la bicicleta, los diferentes sistemas de transporte (Megabús, Megacable, Colectivo y taxis) funcionarán con toda su capacidad.
Se espera superar las cifras del año pasado, recordando que en el Día sin Carro y Moto del 2024 se dejaron de emitir 760 toneladas de dióxido de carbono, señalando que las fuentes móviles (vehículos) son las que más contaminación al aire producen en el área metropolitana.
Es importante tener en cuenta que durante la restricción, se impondrán sanciones económicas, la multa supera los $600 mil, y si se suma el servicio de grúa y patios, puede alcanzar el millón de pesos en sanciones.
Vehículos exentos del Día sin Carro y Moto
Estos son los automotores que podrán circular en la jornada:
– Vehículos de emergencia (ambulancias, bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja, equipos logísticos para la atención de rescates y siniestros).
– Vehículos de atención médica domiciliaria, debidamente identificados.
– Vehículos destinados al transporte de personal médico, paramédico y asistencial, siempre y cuando estos automotores cuenten con la debida identificación.
– Vehículos operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, debidamente identificados.
– Vehículos destinados al transporte de alimentos perecederos, respetando en cualquier caso las horas de cargue y descargue.
– Vehículos de medios de comunicación, debidamente identificados para esta labor.
– Vehículos pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional, Agentes de Tránsito, Cuerpos Oficiales Armados (CTI, Sijín, Inpec), Migración Colombia y vehículos adscritos a la Rama Judicial.
– Vehículos destinados al control de tráfico, las grúas y los carros taller o de asistencia técnica, debidamente identificados.
– Vehículos utilizados para el transporte de personas con discapacidad o pacientes que se desplacen en razón de tratamientos vitales como radioterapias, quimioterapias o diálisis. Para ser eximidos, el o las personas con movilidad reducida o pacientes deben estar ocupando el vehículo y presentar un certificado médico que acredite la necesidad del desplazamiento al momento de ser interceptados en la vía pública.
– Vehículos de transporte de valores y sus respectivos escoltas.
– Vehículos de transporte público masivo, colectivo, mixto, intermunicipal e individual.
– Vehículos colectivos tipo bus, buseta y/o microbús de servicio particular, de propiedad o no de las empresas, destinados al transporte de su personal.
– Vehículos recolectores de basura, debidamente acreditados.
– Vehículos de carga, incluyendo aquellos cuya matrícula establezca una capacidad de carga y de pasajeros no superior a dos toneladas. En todo caso, seguirán vigentes las restricciones establecidas para el transporte de carga.
– Coches fúnebres y su respectivo cortejo, el cual deberá contar con el acompañamiento de las autoridades de tránsito.
– Vehículos destinados al transporte y logística para servicios de matrimonio, bautizos y quinceañeras.
– Vehículos pertenecientes a empresas privadas de vigilancia, permanentemente identificados como tales, previa acreditación de su calidad.
– Vehículos de enseñanza automovilística.
– Motocicletas que prestan servicios de domicilios, debidamente identificadas, las cuales podrán circular sin restricción.
– Vehículos híbridos, eléctricos y vehículos a gas natural vehicular (GNV) que figuren como tal en la tarjeta de propiedad. Esta medida no cobija a los vehículos de combustible dual (gasolina-GNV o diésel-GNV).
– Vehículos de transporte escolar debidamente autorizados y acreditados.
– Vehículos que presten servicio diplomático.
Corredores viales exentos
– Variante Troncal de Occidente (Romelia – El Pollo), desde la glorieta de Belmonte hasta el límite con el Municipio de Dosquebradas (Ruta 29, vía nacional).
– Desde la glorieta de Belmonte, Avenida de las Américas, hasta el Terminal de Transporte (Calle 17).
– Segmento vial comprendido entre el ingreso por la vía a Armenia, desde la glorieta del Punto 30, siguiendo por la calle 17 (Ruta 29, vía nacional), hasta empalmar con la Avenida del Ferrocarril para llegar al Viaducto César Gaviria Trujillo.
– Segmento vial desde la glorieta de Condina, vía Condina (Nuevo Sol), variante Condina (Ruta 290, vía nacional), desde la Glorieta Consota (Avenida de las Américas) hasta la glorieta del Punto 30 (vía Armenia).
Tener en cuenta que para la utilización de estos corredores viales, se deberá presentar a las autoridades de tránsito el comprobante de pago del peaje respectivo.
Pie de foto: Así ha lucido el viaducto César Gaviria Trujillo durante las anteriores jornadas del Día sin Carro y Moto.

hace 5 meses
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